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Ayudas para la Conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los/as Trabajadores/as Autónomos/as

Publicado el 15 de Jun de 2021

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha convocado  ayudas destinadas a facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas exclusivamente para trabajadores/as autónomos, y que incluyen incentivos tanto para permitirles la contratación de desempleados en su actividad económica, lo que les permitiría el cuidado de sus hijos e hijas menores de tres años, como la posibilidad de contratar para su negocio un sustituto que le cubra en periodos de descanso por nacimiento de hijo o por riesgo durante el embarazo.

Estas ayudas forman parte de la orden reguladora de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo aprobada en octubre del pasado año, que recoge hasta nueve líneas distintas de ayudas que van a ir convocándose, y que cubren un amplio abanico de posibilidades, desde el teletrabajo, el cuidado de menores y de personas dependientes, y hasta la promoción de actividades lúdicas extraescolares.

Las ayudas publicadas este lunes corresponden a las líneas 4 y 5 dirigidas únicamente a los/ trabajadores/as  autónomos, que  pueden  solicitarlas de forma telemática rellenado los formularios disponibles en el catálogo de procedimientos y servicios de la web de la Consejería. El plazo continuará abierto hasta el 30 de septiembre de 2021, salvo que, tal como establece la convocatoria, se agotara el crédito establecido, fijado en 1,6 millones de euros para ambas líneas de ayudas, en cuyo caso se comunicaría a través de una resolución.

Cuidado de menores

La línea 4 incentiva con 6.000 euros a los autónomos que contraten a desempleados durante 12 meses para que trabajen en su actividad económica o profesional mientras cuidan de menores de tres años que están a su cargo, ya sea por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente. La contratación podrá ser de cualquier modalidad, a jornada completa o tiempo parcial, pero no inferior a 20 horas semanales, y deberá suponer, además, un incremento de plantilla contratada con carácter indefinido respecto al mes natural anterior. La cuantía de la subvención se adaptará proporcionalmente a la jornada en los casos en los que la contratación sea a tiempo parcial.

Los 6.000 euros pueden elevarse hasta los 7.200 euros en los casos en los que la persona desempleada contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33% o víctimas de violencia de género o terrorismo.

Sustitución

La línea 5 está dirigida a facilitar a los autónomos su sustitución en sus negocios en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

La cuantía subvencionable es de 3.200 euros para cada contrato de interinidad a jornada completa por un periodo máximo de ocho meses; y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, en cuyo supuesto se contempla un incentivo a la contratación de 1.700 euros por un periodo de 16 semanas, y de 1.900 euros por un periodo de 18 semanas para aquellos supuestos que contemple la ley general de la Seguridad Social en relación con el Estatuto de los Trabajadores.

Estas cuantías se pueden incrementar en un 50% en los mismos supuestos de la línea 4 (que la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33% o víctima de violencia de género o terrorismo).

Más información en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/trabajo-autonomo/fomento-trabajo-autonomo.html

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